Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19

La pandemia de COVID-19 ha causado tanto desconsuelo para tantas familias. En FEMA, nuestra misión es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres. Permanecemos comprometidos en brindar algún alivio en la presión y carga económica que este terrible virus ha causado.

Conforme a la Ley de Asignaciones Complementarias de Respuesta y Ayuda por Coronavirus de 2021 y la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, FEMA proporcionará asistencia económica para los gastos fúnebres relacionados con COVID-19 incurridos después del 20 de enero de 2020.

Estamos trabajando con grupos de partes interesadas para obtener su opinión sobre cuáles son las mejores formas de proporcionar esta asistencia, y para obtener su ayuda brindando servicios comunitarios a las familias y comunidades. FEMA comenzará a implementar la asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 en abril.

Se está finalizando orientación adicional y se darán a conocer lo antes posible a los posibles solicitantes y colaboradores comunitarios. Mientras tanto, se recomienda a las personas que tienen gastos fúnebres por COVID-19 a conservar y recopilar la documentación.

¿Quién es elegible?

Para ser elegible a la asistencia para gastos fúnebres, usted debe cumplir con estas condiciones:

La muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos, incluyendo los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia.

El certificado de defunción debe indicar que la muerte se atribuyó a COVID-19.

El solicitante debe ser un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado que incurrió en gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020.

No existe un requisito que estipule que la persona fallecida deba haber sido un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado.

¿Cómo solicitar?

Durante el mes de abril, FEMA comenzará a aceptar solicitudes. Si usted tuvo gastos fúnebres por COVID-19, le recomendamos guardar y recopilar la documentación. Los tipos de información deben incluir:

Un certificado oficial de defunción que atribuya la muerte directa o indirectamente a COVID-19 y demuestre que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, incluyendo los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia.

Documentos de gastos fúnebres (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres.

Evidencia de fondos recibidos de otras fuentes para usarse específicamente en gastos fúnebres. No podemos duplicar beneficios recibidos del seguro de sepelio o funeral, o la asistencia económica recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes.

¿Cómo se reciben los fondos?

Si usted es elegible para la asistencia de gastos fúnebres, recibirá un cheque por correo postal, o fondos mediante depósito directo, dependiendo de la opción que elija cuando solicite la asistencia.

Link original del artículo: https://www.fema.gov/es/disasters/coronavirus/funeral-assistance

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