Preguntas frecuentes sobre asistencia para gastos fúnebres

¿Quién puede solicitar asistencia para gastos fúnebres por COVID-19?

Es posible que usted cualifique si cumple con las siguientes condiciones:

  1. Es ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano, o extranjero cualificado que pagó por gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020 y
  2. Los gastos fúnebres eran para una persona cuya muerte en los Estados Unidos, sus territorios o el Distrito de Columbia puede haber sido a causa o probablemente fue el resultado de COVID-19.

¿Quiénes no pueden solicitar asistencia?


  • Una persona menor de edad no puede solicitar asistencia en representación de algún adulto que no sea ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado.
  • Existen varias categorías de extranjeros que se encuentran de manera legal en los Estados Unidos que no son elegibles para el Programa de Individuos y Familias de FEMA, que incluye la asistencia para gastos fúnebres. Estas categorías incluyen, pero no se limitan a:
    • Turistas que poseen una visa temporal
    • Estudiantes extranjeros
    • Trabajadores temporeros que poseen una visa

Residentes habituales, como los ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, Palau y la Republica de las Islas Marshall.

¿Cómo se solicita?

Línea telefónica de asistencia para gastos fúnebres por COVID-19

Período para solicitar a partir del 12 de abril de 2021
844-684-6333 | TTY: 800-462-7585

Horario:
lunes a viernes
8 a.9 a.m. a 9 p.m. hora del este

Comuníquese con esta línea gratuita para llenar su solicitud de Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 con la ayuda de representantes de FEMA. Los servicios están disponibles en otros idiomas.

Si usted usa servicio de retransmisión, como un teléfono con capacidad de videollamadas, InnoCaption o CapTel, favor de proporcionar el número específico asignado para ese servicio. Es importante que FEMA pueda comunicarse con usted y usted debe tener conocimiento de que las llamadas de FEMA pueden generarse de un número no identificado.

No se aceptarán solicitudes en línea.

Una vez se comunique, la llamada tomará aproximadamente 20 minutos para llenar la solicitud. Estamos comprometidos con responder a todas sus preguntas y obtener la información necesaria para iniciar la solicitud.

Es importante recopilar toda la información y documentación necesaria antes de solicitar asistencia. Esto ayudará a completar y procesar la solicitud en un tiempo adecuado. 

Una vez haya solicitado Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 y reciba un número de solicitud, podrá proporcionar documentación de comprobante a FEMA de las siguientes maneras:

  • Subiéndola a la cuenta de DisasterAssistance.gov/es
  • Enviando los documentos por fax 855-261-3452
  • Enviando los documentos por correo P.O. BOX 10001, Hyattsville, MD 20782

Estoy recibiendo el tono de ocupado cuando llamo. ¿Qué debo hacer?

  • Estamos experimentando un alto volumen de llamadas a la línea telefónica de Asistencia para gastos fúnebres por lo cual han surgido dificultades técnicas. Algunos solicitantes han logrado hablar con operadores mientras que otros han recibido el tono de ocupado.
  • Si su llamada no conecta, por favor intente llamar otra vez mas tarde. Estamos trabajando para resolver las dificultades técnicas. Tenga en mente que no hay fecha límite para solicitar.

¿Puede una funeraria solicitar en nombre de la familia?

Las funerarias no son elegibles para solicitar en nombre de una familia o para ser un solicitante conjunto en la solicitud de Asistencia para gastos fúnebres. La persona que solicita debe ser un individuo, no un negocio, que incurrió en los gastos fúnebres.

¿Qué gastos fúnebres están cubiertos?

La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 ayudará con los gastos por servicios fúnebres y sepelio o cremación. Todos los recibos por gastos que no estén relacionados con servicios fúnebres no se determinarán como gastos elegibles. Los gastos por servicios fúnebres y sepelio o cremación habitualmente incluyen, entre otras cosas, lo siguiente:

  • Transporte para un máximo de dos personas para identificar a la persona fallecida
  • Traslado de los restos
  • Féretro o urna
  • Parcela de entierro o nicho de cremación
  • Marcador o lápida
  • Servicios de oficiantes o clero
  • Organización de la ceremonia fúnebre
  • Uso de equipo o personal de empresa fúnebre
  • Costos de cremación o sepelio
  • Costos asociados con la emisión y certificación de múltiples certificados de defunción
  • Gastos adicionales exigidos por cualquier ley u ordenanza del gobierno local o estatal

Fui responsable de los gastos fúnebres de más de una persona cuya muerte se atribuyó a COVID-19. ¿Puedo solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 por más de una muerte? ¿Hay un límite?

Sí, los solicitantes pueden recibir asistencia para los gastos fúnebres de múltiples personas fallecidas. 

La asistencia se limita a un máximo de $9,000 por funeral y un máximo de $35,500 por solicitud por cada estado, territorio o el Distrito de Columbia.  

Otra persona me ayudó a pagar los gastos fúnebres. ¿Esa persona puede solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19?

En general, FEMA solo proporcionará Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 a un solicitante por cada persona fallecida.

Para ser aprobado para el reembolso de gastos fúnebres debido a una muerte por COVID-19, el solicitante debe haber incurrido en gastos fúnebres por la persona fallecida y tener documentación (recibos, contratos de empresa fúnebre, etc.) que muestren su nombre como la persona responsable. 

Reconocemos que múltiples personas pueden haber contribuido a los gastos fúnebres por una persona fallecida. FEMA trabajará con los solicitantes en esas situaciones y con quienes presenten múltiples recibos por gastos fúnebres donde no aparezca su nombre.

Si varias personas contribuyeron para los gastos fúnebres, esas personas deben inscribirse ante FEMA bajo la misma solicitud como solicitante y co-solicitante, o el primer solicitante que presente toda la documentación requerida recibirá Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 por la persona fallecida. No se puede incluir a más de un co- solicitante en una solicitud.

Si un hijo menor de edad incurrió directamente en gastos fúnebres por una muerte relacionada con COVID-19 y la documentación respalda ese pago, la solicitud del hijo menor de edad podría ser revisada para recibir Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19.

¿Puedo solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 a pesar de que haya solicitado por un evento de desastre reciente?

Sí. Las personas que recientemente solicitaron asistencia a FEMA por daños en el hogar y/o bienes personales por un desastre y que, además, tuvieron gastos fúnebres por una muerte atribuida a COVID-19 después del 20 de enero de 2020, pueden solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19.  Se requerirá una solicitud separada.

¿Son elegibles para reembolso los funerales planificados y pagados con anticipación si la persona falleció debido a COVID-19?

Cualquier fuente de pago designada específicamente para pagar un funeral en anticipación de una muerte futura no podrá ser reembolsada bajo esta asistencia. Esto incluye un seguro de sepelio o funeral, un contrato prepagado de funeral, una cuenta de fideicomiso prepagada para gastos funerarios o una cuenta de fideicomiso irrevocable para Medicare.

¿Cuál es la fecha límite para solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19?

En este momento, no hay una fecha límite para solicitar Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19. FEMA anunciará la fecha límite específica una vez sea determinada.

¿Se agotará el dinero disponible?

La aprobación del Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 permite que las familias y personas que incurrieron en gastos fúnebres debido a COVID-19 en 2021 y en adelante, puedan solicitar la asistencia para gastos fúnebres. Ya que no hay manera de predecir cuantos fallecimientos por COVID-19 ocurrirán entre ahora y el 2025, no se ha establecido un límite de fondos exacto.

Después de recibir una decisión


¿Cómo recibiré la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19?

Si se le aprueba la Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19, recibirá un cheque por correo o fondos mediante depósito directo, dependiendo de la opción que usted eligió al solicitar la asistencia.

Recibí una carta de determinación y mi solicitud no fue aprobada. ¿Cómo puedo apelar la decisión de FEMA?

Usted tiene 60 días a partir de la fecha de la carta de determinación para subir en línea, enviar por fax o por correo postal una carta firmada apelando la decisión de FEMA. La apelación debe incluir lo siguiente:

  • Por qué usted piensa que la decisión no es correcta.
    • Documentos acreditativos (eso es, certificado de defunción, gastos de funeral u otra documentación acreditativa).
    • El número de solicitud debe incluirse en cada página de la apelación presentada.
    • Los documentos de apelación pueden ser presentados en:
      • Envíelos por fax al 855-261-3452.
      • Envíelos por correo postal a P.O. BOX 10001, Hyattsville, MD 20782

Consulte la carta de Asistencia Funeraria COVID-19 recibida para obtener más información.

Documentación necesaria


¿Qué información debo proporcionar al solicitar la asistencia?

El solicitante responsable de los gastos fúnebres por COVID-19 deberá proporcionar la información que se indica a continuación cuando llame a FEMA para solicitar asistencia. Recomendamos reunir esta información ahora mientras nos preparamos para iniciar el proceso de solicitud.

  • Número de Seguro Social del solicitante y de la persona fallecida
  • Fecha de nacimiento del solicitante y de la persona fallecida
  • Dirección postal actual del solicitante
  • Número de teléfono actual del solicitante
  • Lugar o dirección donde murió la persona fallecida
  • Información sobre la póliza de seguro de sepelio o funeral
  • Información sobre otra asistencia fúnebre recibida, como donaciones
  • Subvenciones recibidas bajo la Ley CARES y asistencia de organizaciones de voluntarios
  • Número de cuenta y ruta de la cuenta corriente o de ahorro del solicitante (para depósito directo, si se solicita)

Qué documentos necesito presentar?

Debe proporcionar una copia del certificado de defunción, comprobantes de los gastos fúnebres incurridos y comprobantes de asistencia recibida de cualquier otra fuente.

  • El certificado de defunción debe indicar que la muerte “fue causada por”, “puede haber sido caudada por” o “probablemente fue resultado de” COVID-19 o síntomas similares a COVID-19. Se considerarán suficientes frases similares que indiquen una alta probabilidad de COVID-19.
  • La muerte debe haber ocurrido en los Estados Unidos, incluidos los territorios estadounidenses o el Distrito de Columbia.
  • La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 no está disponible para gastos fúnebres de ciudadanos estadounidenses que hayan fallecido fuera de los Estados Unidos.
  • La documentación por gastos (recibos, contrato de empresa fúnebre, etc.) debe incluir el nombre del solicitante como la persona responsable por los gastos, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y que esos gastos fúnebres se incurrieron después del 20 de enero de 2020.
  • El solicitante también debe proporcionar a FEMA un comprobante de los fondos recibidos de otras fuentes usados específicamente para cubrir gastos fúnebres. La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 no puede duplicar beneficios recibidos de seguro de sepelio o funeral ni asistencia económica recibida de agencias de voluntarios, programas o agencias gubernamentales u otras fuentes. La Asistencia para gastos fúnebres por COVID-19 será reducida por la cantidad de otra asistencia que el solicitante haya recibido por los mismos gastos.
  • Los pagos recibidos de seguros de vida no se consideran una duplicación de beneficios de Asistencia para gastos fúnebres.

El certificado de defunción no atribuye la muerte a COVID-19. ¿Cómo consigo un certificado de defunción enmendado?

Es posible modificar o enmendar un certificado de defunción. El proceso comienza comunicándose con la persona que certificó la muerte. Puede ser un doctor que estuvo atendiendo al paciente, médico forense o examinador médico que su nombre y dirección figuren en el certificado de defunción. Los solicitantes pueden presentar evidencia a esos profesionales para respaldar el reclamo de que la muerte fue atribuible a COVID-19.

¿Cómo puedo demostrar que mi ser querido fallecido no tenía seguro de vida?

A los solicitantes no se le pedirá que proporcionen prueba de seguro de vida. Los beneficios de seguros de vida no se consideran una duplicación de beneficios para la asistencia por gastos fúnebres. Sin embargo, los gastos pagados por algún seguro de entierro/sepelio, o sepelios prepagados, se consideran una duplicación de beneficios y por lo tal, no son elegibles para reembolso bajo este programa.

Salud mental


La pandemia de COVID-19 ha causado un inmenso desconsuelo a muchas familias. 

Protéjase de las estafas


¿Se comunicará conmigo alguien de FEMA para pedirme información personal para solicitar asistencia?

El programa de FEMA de asistencia para gastos fúnebres ha incorporado medidas de control para evitar las actividades fraudulentas. FEMA no se comunicará con ninguna persona hasta que la persona llame primero a FEMA o solicite la asistencia.  Nunca comparta información personal, como el nombre, fecha de nacimiento o número de seguro social de ningún miembro de su familia que haya fallecido cuando reciban alguna llamada no solicitada o correo electrónico de fuentes que digan ser empleados federales o de FEMA.

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