Quedarse o no con su casa…¿Cómo saber qué le conviene?

Por Elizabeth Guía *

 

Cientos de miles de dueños de casas de Florida enfrentan mes tras mes la disyuntiva de si pagar o no la cuota mensual de la hipoteca de su vivienda principal. Puede ser que sus ingresos se hayan visto reducidos o peor aún, esfumados ante la pérdida del empleo o la quiebra de su negocio. Para otros,  la causa puede ser un aumento imprevisto de sus gastos por una emergencia o una enfermedad. Independientemente de la causa, lo cierto es que la decisión entre proteger su vivienda o preservar sus ahorros es compleja y no debe tomarse a la ligera: su futuro financiero está en juego.

Dependiendo de su situación, algunos puntos a tomar en cuenta serían:

  1. ¿Está usted atrasado actualmente? Si usted está atrasado más de tres meses en su cuota mensual, es probable que el banco ya haya procedido o esté procediendo a introducir la demanda de embargo para tomar posesión de su vivienda. Esta no procederá sin que usted sea notificado. Si por otra parte, usted se ha atrasado pero no más de uno o dos meses, va a incurrir penalidades o gastos legales por dicho atraso hasta que se ponga al día, pero el banco no lo demandará. En ambos casos, le conviene iniciar conversaciones con su banco lo más tempranamente posible, pues de ello depende que su caso sea considerado o no para una modificación de los términos de su hipoteca.
  2. Realísticamente hablando, ¿sabe usted qué oportunidades existen para lograr una modificación, un refinanciamiento u otro tipo de acuerdo, incluyendo una solución temporal con la cual el banco le permita suspender los pagos por unos meses? Ello dependerá de sus ingresos y egresos, así como de su deuda total, tomando en cuenta el balance de sus tarjetas de crédito. No existe una fórmula general que aplique a todos los dueños de casa. Además, la mayoría de los bancos solamente ofrece uno o dos tipos de programas de modificación de hipotecas, de forma que hay que evaluar su caso individual para ver si se ajusta a alguna de esas opciones. De lo contrario, es posible que el banco sólo le ofrezca una “venta corta” o short-sale, u otra alternativa para que entregue su vivienda. Por ejemplo, la reducción de sus ingresos hasta un cierto nivel podría hacer que usted califique para una modificación de su primera y segunda hipotecas, pero si su nivel de deuda en tarjetas de crédito es excesivo, ello podría descalificar su caso. Puede encontrar más información sobre este tema en www.makinghomeaffordable.com (con un enlace a la página en español) o por teléfono al 1-888-995-HOPE. También es probable que su banco ofrezca en su página de Internet, información acerca de las opciones que le están ofreciendo actualmente a sus clientes hipotecarios.
  3. ¿Cuánto le debe usted al banco con respecto al valor de la vivienda y cuáles son las tendencias de valoración de bienes raíces en su vecindario? Por ejemplo, si ventas recientes en su área muestran una tendencia hacia la subida en los precios de las viviendas, tal vez a usted le convenga esforzarse por proteger su inversión. Quizás pueda mejorar su situación alquilando una habitación, sin abandonar su vivienda; el banco le aceptará cualquier ingreso suplementario para evaluar una posible modificación. O quizás un familiar le pueda prestar dinero para que usted reduzca el balance de sus tarjetas de crédito. En estos casos, valdría la pena cualquier esfuerzo permisible para mejorar su calificación.
  4. ¿Cuánto le costaría a usted alquilar un lugar donde vivir en caso de que decidiera o tuviera que entregarle su residencia actual al banco? Si el banco le está ofreciendo una modificación de su hipoteca distinta a la que usted esperaba o deseaba, pero que de todos modos reduce el monto de su cuota mensual con respecto a lo que establecía el contrato original, no la rechace antes de estar seguro de que mudarse no terminará por costarle más.
  5. ¿Cuán apegado sentimentalmente están usted y su familia a su vivienda? Hay casos en que la familia desea salvar su vivienda “a como dé lugar,” por razones exclusivamente personales o sentimentales; puede ser porque dicha vivienda fue el hogar en que residió la familia por décadas, donde vieron nacer y crecer a sus hijos, o donde habían decidido pasar sus años de retiro. Estas pueden ser razones válidas pero hay que tener cuidado de no excluir otros factores como la capacidad de ahorro de la familia, para no poner en peligro la salud financiera de ésta.
  6. ¿Está usted dispuesto a ir mermando sus ahorros para el retiro a cambio de salvar su vivienda? Cada vez con mayor frecuencia, tanto representantes del gobierno como del sector público alertan a la población acerca de la necesidad de ahorrar para suplementar su futura pensión de retiro del Seguro Social, pues según ciertas proyecciones actuariales, ésta no será suficiente para cubrir los gastos de un porcentaje importante de los retirados. Durante los años de retiro es, precisamente, cuando se le hace más difícil a la mayoría de las personas generar ingresos, de tal forma que no pareciera prudente agotar esos recursos tempranamente. Hay que tomar en cuenta que las pensiones corporativas, los planes de retiro conocidos como 401(k) y 403(b) y las Cuentas de Retiro Individual, conocidas como “IRAs” están protegidas por el Gobierno Federal contra demandas de acreedores. Igualmente, las anualidades o “annuities” están protegidas en La Florida por estatuto estatal. Esta protección emana precisamente de la opinión de las Cortes de que esos fondos protegen a las personas cuando más los necesitan. Adicionalmente, cualquier retiro de fondos de este tipo de cuentas antes de la edad de 59 años y medio, acarrea una penalidad de 10%, aparte de que son gravadas con el impuesto sobre la renta en su totalidad.

En fin, salvar o perder la vivienda en que residimos y que hemos comprado con gran ilusión y muy probablemente con la totalidad de nuestros ahorros, no es una decisión fácil por muchas razones. Arriba cubrimos algunos puntos importantes que vale la pena considerar en el proceso de tomar una decisión al respecto. Adicionalmente, dependiendo de su caso, es posible que le convenga consultar con su asesor financiero, antes de tomar una decisión que pudiera ser irreversible.

Nota Importante: Este artículo tiene carácter informativo y no pretende ofrecer asesoría legal o financiera. Para consultas de tipo legal, conforme a las características de su caso, se recomienda que consulte a su abogado.

*Elizabeth Guía es Consultora Financiera, Mediadora Certificada por la Corte Suprema de La Florida para casos de Circuito Civil y miembro de la directiva de la Academia de Mediadores Profesionales de la Florida, www.tfapm.org, elizabeth.guia@guiaconsulting.com.

 

About Elizabeth Guia Magallanes

Elizabeth Guia Magallanes
Es ingeniero y planificadora financiera de profesión y escritora de vocación. Ha publicado poesía, narrativa, artículos en revistas y periódicos, y colaborado como libretista en proyectos para la televisión hispana.

4 comments

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    Siempre hay que pensar dos vces antes de tomar una decision.

    Gracias por los consejos!

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    Juan Moran <Gonzalez

    puede un banco tomar posesion de mi vivienda adjudicada en subasta publica sin tener a su nombre la vivienda el dia del desahucio

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      “Yo tengo entendido que si el banco no es el dueño original de la hipoteca, deber ser entonces el dueño “actual” por traspaso del título o el síndico (trustee) autorizado a tomar posesión de la propiedad y liquidarla. Si se trata de su caso, Juan, yo le sugeriría que consulte a un abogado con experiencia en embargos quien sería la persona idónea para responder a su pregunta y ayudarlo si se puede hacer algo.”

      Elizabeth Guía

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      “Yo tengo entendido que si el banco no es el dueño original de la hipoteca, deber ser entonces el dueño “actual” por traspaso del título o el síndico (trustee) autorizado a tomar posesión de la propiedad y liquidarla. Si se trata de su caso, Juan, yo le sugeriría que consulte a un abogado con experiencia en embargos quien sería la persona idónea para responder a su pregunta y ayudarlo si se puede hacer algo.”

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